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lunes, mayo 25, 2026

UAN habla sobre los conceptos de percepciones y deducciones

Los cuales aparecieron en los recibos de nómina correspondientes a las prestaciones de aguinaldo y día del empleado del personal administrativo y manual de la universidad.

Tepic.- La Universidad Autónoma de Nayarit (UAN) ante las dudas que se han generado acerca de los conceptos de percepciones y deducciones que aparecen en los recibos de nómina correspondientes a las prestaciones de aguinaldo y día del empleado, en el caso del personal administrativo y manual de la universidad, realizó las siguientes aclaraciones:

1.       En el recibo de aguinaldo, en el apartado de percepciones, se reporta el importe de la cantidad que aparece en el recibo como 01 sueldo base por 4 (equivalente a 60 días de salario base) y la cantidad de impuesto (ISR) que subsidiaría la Universidad, aparece como concepto 49 contribuciones del trabajador pagadas por el patrón.

2.       En el apartado de deducciones, deben aparecer la cantidad del impuesto que a los trabajadores les correspondería pagar (ISR recalculado), la cantidad de impuesto que les aporta la Universidad (ISR convenio contractual) y la cantidad que de acuerdo a su CCT les correspondería aportar al Fondo de Pensiones y Jubilaciones (Cláusula 150 bis SPAUAN y Cláusula 88 SETUAN).

3.       Para calcular el impuesto correspondiente por concepto de aguinaldo, se considera exento de impuesto el equivalente a 30 UMAS que en este momento corresponde a $3,112.20, al resto del ingreso le corresponde pagar el ISR como lo establece la Ley del Impuesto sobre la renta.

4.       De todos los ingresos que aparecen enlistados en la cláusula 150 bis SPAUAN y cláusula 88 SETUAN, los cuales incluyen aguinaldo y día del empleado, entre otros, se deducen aportaciones al fondo de pensiones y jubilaciones, sin embargo, hasta el año pasado, se hacía una estimación del monto correspondiente a este concepto sumadas las percepciones de todo el año y dividiéndose en las 24 quincenas. A partir de la quincena 1 del año 2023, por recomendaciones de Auditoría se comenzó a aplicar la deducción correspondiente a cada una de las percepciones en las que aplica.

5.       En el caso de la prestación del día del empleado, se dividió en 2 partes; un error en el envío de los archivos de dispersión ocasionó diferencias en los montos depositados respecto a las cantidades que aparecen en los recibos, situación que ha sido corregida generándose la nómina por la diferencia, misma que será dispersada el día 16 de enero de 2024.

6.       En el caso de directivos, todas las deducciones se trasladan a su nómina de base, precisando que, la administración no subsidia la compensación ni las prestaciones adheridas a ella.

De igual manera, la UAN invita a los trabajadores a acudir a la Dirección de Nómina y/o a la Dirección de Egresos para poder cualquier duda en relación a sus recibos de nómina.

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