El 7 de septiembre de 2021, el pleno de la Suprema Corte de Justicia resolvió que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta
Por Paola Cervantes
Tepic.- Los integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos analizaron este miércoles la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos del Código Penal del Estado de Nayarit en materia de interrupción del embarazo.
El dictamen menciona que durante las primeras 12 semanas de gestación, la persona tiene la posibilidad de interrumpir el embarazo de forma segura, incluso en su domicilio y sin la necesidad de acudir a una clínica de salud.
Sin embargo, para garantizar que esto se haga de forma segura y sin poner en riesgo la vida de la persona gestante, se deberá proporcionar información detallada, accesible y medicamentos de calidad, con asistencia de un profesional de la salud, así como supervisión en todo momento cuando lo soliciten.
Dentro de la iniciativa destacan que, desde el enfoque científico, antes de las 12 semanas de gestación el embrión no posee las características biológicas de un ser humano, por lo que no tiene la capacidad de sentir dolor o placer, siendo una fase del desarrollo que no alcanza los umbrales necesarios para ser considerado humano con conciencia o sensibilidad.
El 7 de septiembre de 2021, el pleno de la Suprema Corte de Justicia resolvió que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta y se pronunció a favor de garantizar el derecho de las personas gestantes a decidir sin consecuencias penales.
Es importante recordar que el 1 de agosto de 2024, el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito ordenó al Congreso de Nayarit despenalizar el aborto. Esta decisión se tomó a partir del amparo 1447/2023, presentado por Redefine Nayarit, GIRE y Aquelarre Púrpura.
Por lo que, con esta iniciativa se deroga el delito de aborto en cumplimiento de la sentencia de amparo.
Además, señala que se impondrán de 3 a 6 meses de prisión y multa de hasta 20 días a la mujer o persona con capacidad de gestar que voluntariamente procure la interrupción de un embarazo después de las 12 semanas.
Se impondrán de 5 a 10 años de prisión y multa de hasta 50 días a quien haga que una persona gestante interrumpa el embarazo en contra de su voluntad.
Se elimina totalmente la punibilidad del aborto culposo, así también cuando sea resultado de una violación, respetando el derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo.
Así mismo, se deroga de ley sustantiva penal la responsabilidad médica en caso de no provocarse el aborto la mujer embarazada corra peligro de muerte o grave daño a su salud a juicio del médico.
Durante la discusión, el dictamen con proyecto de decreto que reforma adiciona y deroga diversos artículos del Código Penal para el Estado de Nayarit, en materia de interrupción del embarazo, fue aprobado por mayoría de votos de las y los diputados.
El dictamen entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial, órgano del Gobierno del Estado de Nayarit.



